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Putas en siero
Así pues, la situación legal es clara: cuando las mujeres ejercen libremente la prostitución pueden acogerse al régimen de Autónomos y si desarrollan un trabajo como camareras de alterne tienen que ser trabajadoras por cuenta ajena y, por tanto, estar dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Otras putas que prestan Independientes: Alza para wc, Escorts en tu área Madrid, Sexo sin censura Aranda de Duero